Es política pública del Gobierno de Puerto Rico proveer información financiera precisa y oportuna para la administración de las operaciones gubernamentales y para la preparación y ejecución del presupuesto. También, que se establezcan controles efectivos sobre los ingresos, desembolsos, fondos, propiedad y demás activos públicos. Consecuentemente, corresponde a la OGP implementar medidas rigurosas de control mediante la fiscalización adecuada de las partidas presupuestarias relacionadas con nombramientos, transacciones de personal, contrataciones y el control general del gasto gubernamental. La información que se genera a través del proceso presupuestario constituye la base para la preparación y justificación de las necesidades fiscales de las agencias, así como para el control de la ejecución presupuestaria.
El propósito de este Manual es ofrecer una exposición clara del proceso, términos y conceptos esenciales relacionados al proceso presupuestario. En ese sentido, este Manual constituye una normativa integrada que establece los principios, normas y procedimientos generales aplicables a la formulación, evaluación, aprobación, ejecución y monitoreo del presupuesto.
Como complemento a este Manual, la OGP emitirá anualmente una Carta Presupuestaria Anual, la cual dará inicio al proceso presupuestario para cada año fiscal. La Carta Presupuestaria Anual se actualizará anualmente y se incorporará como parte del Capítulo 5 de este Manual, reflejando las instrucciones y parámetros específicos de cada ciclo presupuestario. Además, las actualizaciones al Manual se incorporarán en las distintas secciones del documento, según sea necesario. Para acceder a la versión más reciente de dichas enmiendas o revisiones, los usuarios deberán referirse a la columna de actualizaciones incluida en el Portal de Normativa Integrada de Presupuesto de la OGP en la página oficial www.ogp.pr.gov.
Este Manual aplica a todas las agencias, departamentos, oficinas, comisiones, administraciones, organismos, corporaciones públicas y demás instrumentalidades gubernamentales de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico, así como a cualquiera de sus unidades y dependencias (Instrumentalidades) que reciban asignaciones presupuestarias del Fondo General, Fondos de Ingresos Especiales (FEE, IP, OI) y/o Fondos Federales.
El presente glosario contiene las definiciones oficiales de los términos técnicos, conceptos operacionales y acrónimos utilizados en el proceso presupuestario del Gobierno de Puerto Rico, en conformidad con las disposiciones de la Ley federal PROMESA y los requerimientos de la Junta de supervisión y administración Financiera.
La Ley federal PROMESA (Puerto Rico Oversight, Management, and Economic Stability Act, Pub. L. 114-187) estableció un marco normativo transformador para el proceso presupuestario del Gobierno de Puerto Rico, creando la Junta de supervisión y administración Financiera (JSAF) como entidad supervisora del proceso fiscal y presupuestario de la Isla.
La JSAF tiene la autoridad para:
PROMESA transformí fundamentalmente el proceso presupuestario de Puerto Rico al:
Conforme a la Ley Orgánica de la OGP y los requerimientos de PROMESA, el proceso presupuestario debe adoptar un enfoque multianual que proyecte las operaciones fiscales a cinco años vista, garantizando la sostenibilidad fiscal a largo plazo y la alineación con las metas del Plan Fiscal certificado.
Estimaciones anuales basadas en análisis econométrico y tendencias históricas
Proyección de gastos recurrentes y compromisos programáticos
planificación de mejoras permanentes e infraestructura
El cronograma presupuestario establece las fases secuenciales del proceso de formulación, evaluación y adopción del presupuesto anual, en conformidad con los requerimientos de PROMESA y la coordinación necesaria con la JSAF y la Asamblea Legislativa.
La JSAF notifica el cronograma presupuestario conforme a la Sección 202(a) de PROMESA, incluyendo proyecciones de ingresos y consultas con las ramas de gobierno.
La OGP emite la Carta Presupuestaria que da inicio formal al ciclo, estableciendo directrices, fechas límite, instrucciones técnicas y metas presupuestarias preliminares (Targets).
Las agencias preparan y radican sus peticiones presupuestarias, incluyendo justificaciones para solicitudes que excedan los targets establecidos.
Proceso de revisión técnica y celebración de reuniones de trabajo para discutir solicitudes, evaluar necesidades y establecer recomendaciones finales.
Presentación del presupuesto propuesto a la JSAF conforme a la Sección 202 de PROMESA, incluyendo procedimientos de aprobación y corrección.
Proceso constitucional de presentación del presupuesto aprobado por la JSAF a la Asamblea Legislativa, conforme al Artículo IV, Sección 4 de la Constitución.
Proceso de evaluación, consideración y adopción del presupuesto, incluyendo vistas públicas, enmiendas y procedimientos de votación.
Proceso final de promulgación del presupuesto mediante la firma de la Resolución Conjunta, incluyendo procedimientos de implementación.
Ninguna agencia podrá:
Las agencias deberán priorizar los programas y servicios esenciales, particularmente en las áreas de:
Servicios médicos esenciales y salud pública
Sistema educativo público y formación
Protección ciudadana y orden público
Servicios básicos e infraestructura esencial
La OGP, en colaboración con la JSAF, podrá establecer las restricciones correspondientes a cada año fiscal. Las agencias deben estar atentas a:
Las agencias deberán evaluar sus compromisos, operaciones, obligaciones y prioridades considerando:
| Categoría de Riesgo | Descripción / Ejemplo |
|---|---|
| Políticas Federales o Cambios Legislativos | Reducciones en fondos federales o alteraciones en fórmulas de pareo estatal |
| Riesgos Operacionales | déficit en fondos propios, gastos en horas extras, incrementos en servicios básicos |
| Iniciativas de Gobierno | Nuevas políticas o programas que requieran recursos adicionales |
| Riesgos de Ingresos | Fluctuaciones en recaudación contributiva, cambios en arbitrios |
| Eventos Extraordinarios | Emergencias, desastres naturales, interrupciones de servicios |
La OGP podrá solicitar escenarios alternos que consideren:
Para cada escenario, la agencia debe:
Las agencias deberán distinguir claramente entre:
Antes de solicitar fondos adicionales, las agencias deberán:
| Tipo de Fondo | Descripción |
|---|---|
| Fondos Especiales Estatales (FEE) | Recursos para propósitos específicos establecidos por legislación. Incluyen ingresos contributivos, aranceles, licencias, cobros por servicios |
| Ingresos Propios (IP) | Fondos para gastos operacionales de corporaciones públicas. Generados por cobro de servicios al público o gobierno |
| Otros Ingresos (OI) | Recursos no recurrentes como ventas de activos, donaciones, ingresos extraordinarios |